Calculadora IRPF Autónomo España 2026
Calcula tu IRPF anual y los pagos fraccionados trimestrales (Modelo 130) como autónomo en España para 2026. Introduce tus ingresos, gastos deducibles y cuota de autónomos — y obtén al instante cuánto debes pagar a Hacienda cada trimestre. Todo calculado en tu navegador, de forma privada y gratuita.
¿Cómo funciona el IRPF para autónomos en España?
Los autónomos en España tributan en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) por sus rendimientos de actividades económicas. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, donde la empresa retiene el impuesto mensualmente, los autónomos deben calcular y pagar el IRPF de forma trimestral mediante el Modelo 130 (estimación directa) o el Modelo 131 (estimación objetiva o módulos). El rendimiento neto se obtiene restando los gastos deducibles de los ingresos brutos, incluyendo la cuota de autónomos a la Seguridad Social, que es 100% deducible. Tarifas actualizadas a 2026 según la Agencia Tributaria española.
Los tramos del IRPF aplicables a los rendimientos de actividades económicas en 2026 son los mismos que para las rentas del trabajo: tramo estatal del 9,5% al 24,5%, y tramo autonómico variable según la comunidad autónoma. Madrid tiene uno de los tipos autonómicos más bajos de España, mientras que Cataluña y Comunitat Valenciana aplican tipos superiores. El Modelo 130 requiere ingresar el 20% del rendimiento neto acumulado en el año, menos los ingresos ya declarados en trimestres anteriores, como pago a cuenta del IRPF anual.
Los autónomos en estimación directa simplificada pueden deducir una provisión para amortizaciones del 5% del rendimiento neto sin necesidad de justificar individualmente cada amortización. Además, desde 2023, los gastos de difícil justificación se limitan al 5% del rendimiento neto previo con un máximo de 2.000€. Es fundamental conservar todas las facturas y documentación de gastos para una eventual inspección de Hacienda. Última actualización: 2026-03-28.
Gastos Deducibles para Autónomos en España
Maximizar los gastos deducibles es la forma más eficiente de reducir el IRPF como autónomo. Los principales gastos deducibles en estimación directa incluyen: cuotas de la Seguridad Social (cuota de autónomos, 100% deducible), alquiler del local o despacho profesional, material de oficina y consumibles, servicios de asesoría y gestoría, formación profesional relacionada con la actividad, publicidad y marketing, teléfono e internet (proporcional al uso profesional, recomendado 50–80%), seguros de responsabilidad civil profesional, viajes y desplazamientos profesionales con justificación, y cuotas de colegios profesionales y asociaciones sectoriales.
El vehículo es uno de los gastos más controvertidos: para autónomos que no realizan actividades de transporte, solo es deducible si el vehículo está afecto exclusivamente a la actividad (lo que la AEAT interpreta de forma muy restrictiva). La vivienda habitual también presenta limitaciones: solo es deducible una parte proporcional de los gastos (hipoteca, suministros) en función de los metros cuadrados del despacho respecto al total de la vivienda, con un límite del 30% de los gastos de suministros. Consulta a un asesor fiscal para maximizar tus deducciones de forma legal.
Los nuevos autónomos pueden beneficiarse de la tarifa plana de 80€/mes durante los primeros 12 meses de actividad (prorrogable a 24 meses en determinadas condiciones). Esta reducción en la cuota de autónomos también reduce el gasto deducible correspondiente, pero el ahorro neto es sustancial para quienes comienzan su actividad. Esta calculadora ofrece estimaciones orientativas — los tipos definitivos pueden variar según tu comunidad autónoma y circunstancias personales. Basado en las tarifas publicadas por la Agencia Tributaria para 2026.
Modelo 130: Cómo Presentar los Pagos Fraccionados
El Modelo 130 se presenta cuatro veces al año a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (agenciatributaria.gob.es) o mediante el sistema Cl@ve. Necesitarás tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. El importe a ingresar cada trimestre es el 20% del rendimiento neto acumulado desde enero hasta el final del trimestre, menos los pagos ya realizados en trimestres anteriores. Si el resultado es negativo o cero, no hay obligación de ingreso pero sí de presentar el modelo. En el cuarto trimestre, el pago fraccionado sirve como anticipo a cuenta de la declaración anual de la Renta (que se presenta entre abril y junio del año siguiente). Consulta siempre con tu gestor antes de presentar el modelo para verificar que el cálculo es correcto según tu situación específica.